Asunción,
10 de junio del 2004
VISTO: El Articulo 189º de la Ley N° 125/91 “QUE
ESTABLECE EL NUEVO REGIMEN TRIBUTARIO”, y la Resolución
Nº 178/92; y,
CONSIDERANDO:Que la Administración Tributaria se encuentra
facultada a dictar los actos necesarios para la aplicación,
administración, percepción y fiscalización
de los tributos, así como también establecer las
normas y condiciones a las que se ajustaran los administrados,
en materia de documentación y registro de operaciones. Que
resulta necesario establecer un modelo acorde a los nuevos delineamientos
de la política tributario, atendiendo la necesidad de contar
con mayor información referente a los estados financieros.Que
el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad
conferida por la Ley Nº 125/91.
POR TANTO, EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIONRESUELVE:
Art. 1º.- APROBAR los nuevos modelos para la elaboración
y presentación de los Estados Financieros, para los contribuyentes
del Impuesto a la Renta, cuyos diseños constan en el anexo
de la presente disposición y forman parte de la misma y
que esta compuesto de los siguientes:
- Estados de Resultados.
- Estado de Flujos de Efectivo.
- Estado de Variación del Patrimonio Neto.
- Anexos
I “Determinación
de la Utilidad Comercial por el Régimen
Fiscal y el Impuesto a la Renta” - Ley Nº 60/90.
II “Determinación de la Utilidad
Comercial por el Régimen Fiscal y el Impuesto a la Renta” -
Régimen
General.
III “ Determinación de la Utilidad Comercial por
el Régimen Fiscal y el Impuesto a la Renta” - Reinversiones.
IV “Para Contribuyentes que tengan solo Actividad Gravada”
Art. 2º.- DEROGAR el modelo aprobado por la Resolución
Nº 178 del 16 de diciembre de 1.992.
Art. 3º.- Los nuevos modelos aprobados en el artículo
1º de la presente Resolución, serán elaborados
y presentados a partir del ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre
de 2004.
Art. 4º.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido
archivar.
ANDREAS NEUFELD TOEWS
VICEMINISTRO DE TRIBUTACION
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